LEGISLACIÓN CONTRA EL CIBERACOSO

El acoso o maltrato sistemático entre pares ha existido siempre en la vida física de las personas y se la puede entender fácilmente como la ley del más fuerte, pero la aparición de Internet ha logrado un efecto multiplicador y perpetuo de hostigamiento, y el efecto psicológico y moral sobre la víctima es mayor, llegando al caso del suicidio como la joven canadiense Amanda Todd (15 años), que incluso dejó un video explicando el acoso que estaba sufriendo que la llevó a tomar una decisión tan drástica.
¿Qué están haciendo los países para evitar estas situaciones? Sabiendo que no es todo y que las leyes deben ser acompañadas de acciones claras por parte de los educadores, las escuelas, los padres y la comunidad toda, a continuación pueden ver un resumen de los países de América Latina que actualmente tienen legislación o están trabajando en ella para prevenir y/o sancionar el Cyberacoso.

¿Qué están haciendo los países para evitar estas situaciones?

A continuación pueden ver un resumen de los países de América Latina que actualmente tienen legislación o están trabajando en ella para prevenir y/o sancionar el Cyberacoso. 

En Chile, en septiembre de 2011 se publicó una reforma a la Ley General de Enseñanza para reglamentar y prevenir la violencia escolar o bullying.
Básicamente esta modificación busca "promover la buena convivencia escolar y prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos". Para instrumentar esta convivencia, se "deberá crear un Comité de Buena Convivencia Escolar con las funciones de promoción y prevención".
Inicialmente define el acoso escolar como "toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión, que provoque en este último, maltrato, humillación" e insta a que "los alumnos, padres, profesionales y equipos docentes deben propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia de manera de prevenir todo tipo de acoso escolar".

Puerto Rico aprobó en junio de 2010 una medida legislativa dirigida a incluir el Cyberbullying como parte de la política pública de prohibición y prevención de hostigamiento e intimidación de los estudiantes.
Esta ley remarca que "el bullying se desarrolla con el respaldo de observadores silentes y sin recibir penalidades por esas conductas anti-sociales y, esta situación crea una sensación de superioridad del acosador y de inferioridad del acosado".
En este caso también se preven penas para los estudiantes y los directivos. "Los estudiantes que lleven a cabo actos constitutivos de violación incurrirán en cinco (5) días de suspensión escolar en un primer incidente; diez (10) días en el segundo, y el tercer incidente conllevará la suspensión escolar indefinida. Los funcionarios públicos en el desempeño de sus funciones en escuelas, están obligados a informar y/o referir al Departamento de la Familia las infracciones y, de no cumplirse con lo establecido, será sancionado con multas administrativas de hasta mil (1000) dólares".

En México DF, en diciembre de 2011 se aprobó la Ley para la Promoción de la Convivencia Libre de Violencia en el Entorno Escolar, con la cual se busca combatir el fenómeno del bullying en la capital del país (no aplica a todos los estados).
De acuerdo con el dictamen, a través de esta normativa se reconoce el maltrato entre alumnos como un problema y, en consecuencia, se busca aplicar programas de atención y prevención en la materia. Se prevé atención médica y psicológica, asesoramiento legal y asistencia telefónica gratuita para las víctimas y sus familiares.

En Perú, en junio de 2011 el congreso aprobó por unanimidad la Ley 29.719 para "combatir el bullying, violencia física y psicológica que algunos escolares ejercen contra sus compañeros de aula". Sin embargo y pese al tiempo transcurrido, diferentes expertos expresan que en los colegios esta ley nunca se ha aplicado y tampoco se han reglamentado los estamentos de control necesarios por falta de presupuesto [2].
En Colombia existe el proyecto de Ley 201 de 2012 por el cual se busca crear "el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar". En este caso uno de los apartados define el ciberbullying como el "uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y videojuegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado entre iguales".

En Argentina, varios Diputados Nacionales han presentado proyectos para modificar la Ley N° 26.206 de Educación Nacional y regular la convivencia escolar ante el creciente grado de violencia en los centros educativos, creando una Comisión de Disciplina (conformada por autoridades escolares, padres y docentes), la posibilidad de dictar su propio Código de Convivencia Escolar e incorporar la sanción y la responsabilidad a los padres de los menores.

Actualmente existen los siguientes proyectos de ley, ordenados por fecha de presentación. Cabe destacar el primero de ellos presentado en el año 2007 por los diputados Genem, Torino, Berraute y Lopez.
http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=1206-D-2007
http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=2541-D-2011
http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=3632-D-2011
http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=0920-D-2012
http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=2388-D-2012
http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=2509-D-2012
http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=3222-D-2012
http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=3415-D-2012
http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=5100-D-2012
Además, existen dos proyectos de ley presentados en el Senado de la Nación:
http://www.senado.gov.ar/web/proyectos/verExpe.php?&origen=S&numexp=2139/12&tipo=PL&tConsulta=1
http://www.senado.gov.ar/web/proyectos/verExpe.php?&origen=S&numexp=4936/12&tipo=PL&tConsulta=1
 
Sería bueno saber porqué todos estos legisladores nacionales no se ponen de acuerdo para el bien común... ¿No será que todos quieren la gloria personal, y en realidad no les importa la seguridad de los menores y la familia?
Sólo a modo comparativo, en EE.UU. existen decenas de leyes, proyectos de ley, políticas y acuerdos para combatir el acoso en ambientes escolares, según el Estado del país que se trate. En el documento "Bullying and Cyberbullying Laws" de noviembre de este año se los puede encontrar.

Para finalizar sería bueno hacer una lectura de Guía de actuación contra el ciberacoso de OSI - INTECO y el Protocolo de acción escolar frente al Ciberbullying de EMICI, ambos accesibles desde Segu-Kids

 

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